Accidente de Trabajo

Accidente de Trabajo en Venezuela en Venezuela

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La Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT), en su Artículo 69 define el Accidente de trabajo como:

Se entiende por accidente de trabajo, todo suceso que produzca en el trabajador o la trabajadora una lesión funcional o corporal, permanente o temporal, inmediata o posterior, o la muerte, resultante de una acción que pueda ser determinada o sobrevenida en el curso del trabajo, por el hecho o con ocasión del trabajo.

Serán igualmente accidentes de trabajo:

1. La lesión interna determinada por un esfuerzo violento o producto de la exposición a agentes físicos, mecánicos, químicos, biológicos, psicosociales, condiciones metereológicas sobrevenidos en las mismas circunstancias.

2. Los accidentes acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando tengan relación con el trabajo.

3. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora en el trayecto hacia y desde su centro de trabajo, siempre que ocurra durante el recorrido habitual, salvo que haya sido necesario realizar otro recorrido por motivos que no le sean imputables al trabajador o la trabajadora, y exista concordancia cronológica y topográfica en el recorrido.

4. Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora con ocasión del desempeño de cargos electivos en organizaciones sindicales, así como los ocurridos al ir o volver del lugar donde se ejerciten funciones propias de dichos cargos, siempre que concurran los requisitos de concordancia cronológica y topográfica exigidos en el numeral anterior.

Son también accidentes de trabajo

  • En rescate y salvamento: Los acaecidos en actos de salvamento y otros de naturaleza análoga, cuando tengan relación con el trabajo.
  • En jornada IN ITINERE: El que sufra el trabajador en el desarrollo de la jornada In Itinere, es decir, en el trayecto hacia y desde su centro de trabajo, durante su recorrido habitual. Debe existir concordancia cronológica y topográfica en el recorrido, salvo que utilice otro por razones no imputables al trabajador.
  • En Actividades Sindicales: El que sufra el trabajador dirigente en el desempeño de cargos sindicales, incluyendo la jornada in Itinere.

Clasificación de los Accidentes de Trabajo

En todo caso se debe destacar que el tipo de accidente se puede definir diciendo “que es la forma en que se produce el contacto entre el accidentado y el agente”.

No existe una clasificación única para los tipos de accidentes que ocurren en los ambientes laborales. Las estadísticas, de acuerdo a sus características, clasifican los accidentes según su tipo de acuerdo a sus objetivos.

a) Accidentes en los que el material va hacia al hombre:

  • Por golpe.
  • Por atrapamiento.
  • Por contacto.

b) Accidentes en los que el hombre va hacia el material:

  • Por pegar contra.
  • Por contacto con.
  • Por prendimiento.
  • Por caída a nivel (por materiales botados en los pasillos, piso deteriorado, manchas de aceite en el suelo, calzado inapropiado).
  • Por caída a desnivel (desde escaleras o andamios).
  • Por aprisionamiento.

c) Accidentes en los que el movimiento relativo es indeterminado:

  • Por sobre esfuerzo.
  • Por exposición.

La ventaja de conocer la tipología de cada accidente estriba en que a cada tipo le corresponderán medidas específicas de prevención.

Causas de los Accidentes

Los accidentes ocurren porque la gente comete actos incorrectos o porque los equipos, herramientas, maquinarias o lugares de trabajo no se encuentran en condiciones adecuadas. El principio de la prevención de los accidentes señala que todos los accidentes tienen causas que los originan y que se pueden evitar al identificar y controlar las causas que los producen.

1) Causas Técnicas: Condiciones peligrosas o inseguras: Es todo factor de riesgo que depende única y exclusivamente de las condiciones existentes en el ambiente de trabajo. Ejemplos:

  • Falta de mantenimiento preventivo a equipos y maquinaria
  • Falta de equipos de protección individual
  • Falta de condiciones en lugares de trabajo
  • Falta de señalización
  • Falta de dispositivos de seguridad a los equipos de trabajo
  • Falta de comunicación entre empresa y trabajadores/as
  • Malos procedimientos de trabajo
  • Falta de orden y limpieza
  • Instalaciones eléctricas inadecuadas

2) Causas Humanas: Actos inseguros: Violación a normas o procedimientos de trabajo, motivados por prácticas incorrectas que ocasionan el accidente es la causa humana, es decir, lo referido al comportamiento del trabajador/a. Ejemplos:

  • Exceso de confianza
  • No usar los equipos de protección individual
  • Imprudencia del trabajador/a
  • Falta de conocimiento de la actividades y operaciones a realizar
  • Adoptar posiciones inseguras
  • Malos procedimientos de trabajo

3) Causas Mixtas: Causas Técnicas y Humanas

Los accidentes de trabajo se pueden prevenir realizando una vigilancia constante, tanto sobre las CONDICIONES INSEGURAS que existan en el ambiente de trabajo como sobre los ACTOS INSEGUROS de los trabajadores/as.

Factores de los Accidentes

Existen factores de los accidentes que tienen importancia para prevenirlos.

  • Fuente del accidente: La fuente del accidente es el trabajo que la persona ejecutaba en el momento de ocurrir el suceso.
  • Agente del accidente: El agente, es el elemento físico del ambiente que tiene participación directa en la generación del accidente. Normalmente los podemos clasificar, como por ejemplo: Materiales, medios de producción, edificios, esmeril, etc.
  • Tipo de accidente: El tipo de accidente es la forma en que se produce el contacto entre la persona y el objeto del ambiente.

Autor: Livia Hernández, Abogada y Profesora Universitaria (Venezuela)

Recursos

Véase También

Bibliografía

  • Alfonzo-Guzmán, R. (2008). Nueva Didáctica del Derecho del Trabajo. Caracas: Editorial Melvin C.A.
  • Castillo Serrano, M. (2007). Responsabilidades y Sanciones Patronales por Incumplimiento de la norma LOPCYMAT. En Castillo Serrano (Comp.), Legislación en Prevención, Salud y Seguridad Laboral. (pp. 421-470).
  • Código Civil. (1982). Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 2.990. Fecha: Julio 26 de 1982.
  • Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (2005). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.236. Fecha: Junio 26 de 2005.
  • Ley Orgánica del Trabajo. (1997). Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 5.152 Extraordinaria. De fecha, Junio 19 de 1997.

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