Sociedad Colectiva

Sociedad Colectiva en Venezuela en Venezuela

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Sociedad Colectiva en Derecho Mercantil

En este contexto, una posible definición de Sociedad Colectiva podría ser la siguiente: Aquélla en la que los/as socios/as responden personal e ilimitadamente del capital social, y en la que se comprometen a participar, en función de la preparación establecida, de sus derechos y obligaciones.

Recursos

Véase También

Biografía

  • Sociedad Colectiva en el Diccionario Jurídico
  • Información sobre Sociedad Colectiva en el Manual de Derecho Mercantil

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