Interpretación de las Normas Constitucionales por el Tribunal Supremo Venezolano

Interpretación de las Normas Constitucionales por el Tribunal Supremo Venezolano en Venezuela

[aioseo_breadcrumbs]

Interpretación de las normas constitucionales por el Tribunal Supremo venezolano

El Tribunal Supremo de Justicia, desde la aprobación de la Constitución de 1999, ha desarrollado una línea jurisprudencial que pone en cuestión la propia regulación constitucional acerca de la adopción de los tratados internacionales sobre derechos humanos en el derecho interno. Incluso, esta tendencia contradice la apertura de la jurisprudencia a dichos tratados por la antigua Corte Suprema de Justicia, bajo la vigencia de la Constitución de 1961. Dentro de la actual línea jurisprudencial del Tribunal Supremo se pueden distinguir dos grandes aspectos: uno de fondo vinculado al baremo para decidir la posible contradicción entre el texto constitucional y la norma de un tratado internacional sobre derechos humanos suscrito por Venezuela. El otro aspecto de carácter formal, pero no por ello menos importante, tiene que ver con el papel de los órganos del poder público venezolano, y concretamente del Tribunal Supremo, ante los organismos internacionales de protección de derechos humanos. Comenzaré con la descripción de esta última característica de la jurisprudencia del máximo tribunal venezolano.El contenido está detallado en las entradas que contienen la siguiente información: 1. Autonomía y exclusividad del Tribunal Supremo de Justicia en la Interpretación de las normas constitucionales por el Tribunal Supremo venezolano2. Criterios del Tribunal Supremo para resolver la antinomia entre Constitución y tratados internacionales sobre derechos humanos suscritos por Venezuela(1)

Recursos

Notas y Referencias

  1. Juan Luis Modolell González; información sobre interpretación de las normas constitucionales por el tribunal supremo venezolano recogida de la obra «Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos y Derecho Penal Internacional» (Reproducción autorizada por la Fundación Konrad Adenauer, Programa Estado de Derecho para Latinoamérica).

Véase También

Deja un comentario